Condenado a 14 meses de prisión por hurto en Paso de los Toros

En la tarde de este jueves después de un Proceso Abreviado se condenó al ciudadano de iniciales M.C.C como autor penalmente responsable de un delito de receptacion y con cuatro delitos de hurto especialmente agravados.

 

Tras un importante trabajo de investigación llevado adelante por la Fiscalia y la Policía de Paso de los Toros, en la tarde de hoy tras un Proceso Abreviado se condenó al ciudadano de iniciales M.C.C como autor penalmente responsable de un delito de receptacion y con cuatro delitos de hurto especialmente agravados, a la pena de 14 meses de prisión que cumplirá en la Unidad 26 del INR de Tacuarembó. Ampliaremos

 

Comunicado de la Jefatura de Policía de Tacuarembó 

Mediante Oficio 91/2018 del JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 2do. TURNO DE PASO DE LOS TOROS, se dispuso el “Inicio del Proceso de Formalización con Proceso Abreviado a una persona de sexo masculino, de iniciales M.C.C., de 18 años de edad, disponiéndose mediante Sentencia Nro. 6: “Condénase como autor penalmente responsable de un Delito de Receptación consumado, en calidad de autor, previsto en el Artículo 350 bis del Código Penal en reiteración real con cuatro delitos de Hurto especialmente agravados por la pluriparticipación, participación de menor no imputable y la nocturnidad, dos de ellos tentados y los otros dos consumados, conforme a lo dispuesto por los artículos 340, 341, numeral 4 del Código Penal, a la pena de 14 meses de prisión, siendo de su cargo las prestaciones las prestaciones legales de rigor”.


El enjuiciamiento de dicha persona derivó de sendas averiguaciones iniciadas desde el pasado mes de julio, que permitieron vincularlo a una serie de hurtos perpetrados en comercios de la ciudad de Paso de los Toros. En el transcurso de las averiguaciones se pudieron recabar testimonios y elementos de prueba que permitieron llevarlo ante la Fiscalía de Turno y a su requerimiento, al sujeto sospechado.


Cumplida la investigación preliminar y plenamente aclarados cinco hechos denunciados en el transcurso de los meses de julio y agosto, el imputado fue llevado ante la Justicia Letrada, donde se presentaron los cargos en su contra, resultando su Formalización en los términos antes descriptos.
En el procedimiento trabajaron además de los detectives de la UNIDAD DE INVESTIGACIONES DE LA ZONA III, personal de POLICÍA CIENTÍFICA y de SECCIONAL TERCERA.

Qué es el Proceso Abreviado ?

El nuevo proceso penal se dividirá en dos etapas. La investigación, que estará a cargo de la Fiscalía –con asistencia de la Policía– e implicará la recolección de la evidencia sobre un presunto delito (el juez intervendrá en esta etapa únicamente en la adopción de medidas que puedan invadir los derechos de las personas investigadas, como habilitar la interceptación de llamadas telefónicas o correos electrónicos, allanamientos o detenciones) y la formalización del proceso, que abrirá paso al juicio penal propiamente dicho, en el cual las partes –el fiscal, la defensa y los representantes de las víctimas– presentarán sus pruebas ante el magistrado.

El nuevo CPP establece que, tras la formalización –al iniciarse el juicio oral–, fiscal e imputado pueden acordar la aplicación de un proceso abreviado, que permitirá que la persona sea condenada en un plazo breve. 

La norma establece que el proceso abreviado podrá ser aplicado para los delitos que tengan una pena mínima no superior a seis años de penitenciaría y requiere que la persona acepte los hechos que se le imputan y los antecedentes de la investigación efectuada por la Fiscalía. Por aceptar este proceso, la persona será beneficiada con una reducción de la pena “hasta en una tercera parte de aquella aplicable al caso concreto”, dice la norma. Este será el atractivo principal para que el imputado acepte este proceso abreviado. El fiscal le mostrará todas las evidencias que hay en su contra, le explicará cuál es la pena que puede recaer y le propondrá un acuerdo con vistas a evitar la tramitación de todo el proceso.

Pero también puede suceder a la inversa. “La mayoría de las veces es la defensa la que va a buscar al fiscal para hacer un acuerdo. Pasó exactamente lo mismo cuando se instalaron en los Juzgados Especializados en Crimen Organizado los acuerdos de delación premiada. Los docentes de facultad que en la mañana vituperaban contra estos acuerdos fueron los primeros que entraron al Juzgado a ofrecer un acuerdo a la Fiscalía. Es práctica pura”, afirmó el Fiscal General de la Nación Jorge Díaz durante el encuentro con la prensa.

Este sistema implicará no sólo una mayor celeridad en la tramitación del proceso y en el dictado de la condena, lo que permitirá reducir el número de presos sin condena –algo por lo que Uruguay es cuestionado a nivel internacional–, sino que también un ahorro económico para el Estado, al tiempo que se evitará el riesgo de la revictimización que conlleva un juicio oral, ya que no será necesario la declaración de víctimas ni de testigos.

El juez sólo recibirá el acuerdo en el que constará expresamente la aceptación de los hechos por parte del imputado. Su función será certificar, mediante un interrogatorio exhaustivo al imputado, que este haya aceptado el acuerdo en forma libre y voluntaria y que se cumplan los requisitos previstos en la norma. Este proceso culminará con una sentencia, que no necesariamente tiene que ser de condena, ya que, por más que exista una confesión, el juez puede establecer que los hechos no pueden ser tipificados como delito.