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En Durazno vehículo con contrabando en fuga atropelló motociclistas
Referente al evento de la fecha de ayer donde se provocara un accidente de tránsito en una fuga y persecución policial.
Procedimiento a cargo de la Dirección de Policía Caminera.
*Accidente de tránsito con lesionadas, provocado por vehículo en fuga de la Policía*
25/10/2024
HORA: 10:30
LUGAR: Artigas y Larrañaga
Víctima 1 Acompañante: Femenina de 17 años.
Víctima 2 Conductora:
Femenina de 20 años.
Conductor del vehículo en fuga que provoca el accidente: W. E. C. P. de 35 años.
En momentos que se efectuaba la persecución a solicitud y el apoyo de la D.N.P.C. por fuga en control del auto Chevrolet color gris Mat. SCV 6701 en la intersección mencionada enviste una moto Baccio px125 con las conciencias para las Víctimas, donde el auto continúa la fuga sin aminorar su velocidad pese a lo sucedido.
Se hace presente la Emergencia móvil de UMED quien traslada a las Víctimas a Hospital donde se expide para ambas Víctimas: *Politraumatizadas.*
Se efectuó espirometria a ambos conductores dando 0.00 grs de alcohol por litro de sangre.
Enterada Fiscal de turno Dra. TORRES dispuso *una vez sean dadas de alta las Víctimas concurran a Fiscalía y lleven un resumen de la historia clínica.*
El vehículo y su conductor son detenidos por Unidad de la U.R.P. de Jefatura quedando a disposición el procedimiento de Policía Caminera.
Se nos informa que culminada audiencia en Juzgado Letrado en el día de la fecha por *Sentencia Nro 102/2024 se condeno al detenido como autor penalmente responsable de un delito de contrabando, un delito de lesiones personales y un delito de lesiones graves y un delito de omisión de asistencia, todos en régimen de reiteración real a la pena de 20 meses de prisión con descuento de la preventiva sufrida que se cumplira de la siguiente forma: primer mes de prision efectiva y los restantes 19 meses bajo libertad a prueba en base a lo dispuesto por Art 295 bis del CPP con las siguientes condiciones: Primeros 5 meses de arresto domiciliario total con controles aleatorios. Siguientes 4 meses de arresto domiciliario nocturno de 22 a 06 hs. Los restantes 10 meses debiendo cumplir con 1) que resida en un lugar específico donde sea posible la supervición de oficina de DINAMA. 2) sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina. 3) se presente una vez por semana a la Seccional correspondiente a su domicilio sin obligación de permanencia. 4) prestacion de servicios comunitarios que realizará 2 horas semanales.*