Agredía a su madre para robarla y comprar drogas

La justicia de Durazno dispuso la formalización de la investigación contra un hombre de 19 años de edad, como “autor penalmente responsable de un delito de hurto en grado de tentativa, un delito de receptación y dos delitos de violencia domestica agravados por cometerse contra una mujer, todos en reiteración real”.

En procedimientos realizados por personal de la Unidad Especializada en Violencia Domestica y Genero., donde el 19/05/2019 se recibió denuncia de una mujer mayor de edad, la cual manifestó que estaría sufriendo violencia domestica por parte de su hijo de 19 años de edad, el cual sería consumidor de estupefacientes y también le estaría hurtado cosas de la casa para venderlas, todo con el fin de consumir.
Atento a ellos personal actuante realizó las diligencias correspondientes del caso, actuando bajo la supervisión de la fiscal competente, interviniendo al denunciado.

En el transcurso de la investigación se lo logro implicar en otros delitos, al denunciado.
Día de ayer en audiencia celebrada en el juzgado competente, magistrada actuante al termino de la misma dispuso, la formalización de la investigación contra el hombre de 19 años de edad, como “autor penalmente responsable de un delito de hurto en grado de tentativa, un delito de receptación y dos delitos de violencia domestica agravados por cometerse contra una mujer, todos en reiteración real”.

Las partes acordaron como forma de cumplimiento de la pena la siguiente:
Los primero 4 meses de prisión y los restantes 8 meses bajo un régimen de libertad vigilada.
Impónese la obligación de residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA, la subjeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina.

La obligación de presentación una vez por semana en la Seccional policial correspondiente al domicilio fijado.
Impónese el ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.
Prohibiese el contacto y comunicación por cualquier medio y acercamiento en un radio no menor a 500 metros, respecto de la denunciante.
impónese la obligación de un dispositivo de monitoreo electrónico (Tobillera) para todo el periodo de libertad vigilada.